La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios instó a la empresa Afinia, filial del Grupo EPM, a garantizar el suministro de energía en el sur de Bolívar, especialmente a usuarios con especial protección constitucional.
La entidad recordó que las empresas de servicios públicos no pueden suspender el suministro a personas en situación de vulnerabilidad, como lo establece la normativa vigente. Además, citó una sentencia de la Corte Constitucional que protege a personas con condiciones físicas, psicológicas o sociales que requieren una acción estatal positiva para garantizar el acceso al servicio. Entre los beneficiados se incluyen hospitales, acueductos y pacientes que dependen del oxígeno.
Según la Superintendencia de Servicios Públicos, el Decreto 111 de 2012 del Ministerio de Minas y Energía establece los Periodos de Continuidad en Áreas Especiales, los cuales deben aplicarse en coordinación con las autoridades locales. En el caso de Afinia, la superintendencia requirió información sobre cómo está implementando esta medida en la región.
La superintendencia hizo un llamado a las autoridades locales y a la empresa Afinia para que busquen soluciones que permitan mejorar el pago del servicio y evitar la suspensión del suministro. También sugirió la implementación de alternativas que impidan afectar a las comunidades más vulnerables.
El gobernador de Bolívar, Yamil Arana Padauí, criticó la decisión de Afinia de implementar racionamientos en varios municipios del departamento, argumentando que los servicios públicos deben ser garantizados por el Estado y que es inaceptable recortar el suministro de energía. A pesar de que la responsabilidad no corresponde directamente a la Gobernación, el gobernador se comprometió a seguir trabajando para llevar energía eléctrica a lugares que aún carecen del servicio.
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