Luis Fernando Vásquez Escudero, quien se desempeñó como gerente del Hospital San Antonio de Padua de Simití, tendrá que afrontar una millonaria multa tras la confirmación del fallo de la Procuraduría en segunda instancia, que lo sanciona por extralimitación de funciones.
El Ministerio Público ha declarado que el exservidor “de manera irregular ejerció facultades de jurisdicción coactiva en contra de la EPS Coosalud sin tener competencias para ello”. Esta acción legal, según el organismo, es una clara violación de sus deberes, incluyendo el respeto al “principio de inembargabilidad de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud”.
A pesar de los argumentos presentados por su defensa, el ente disciplinario subrayó que las Entidades Sociales del Estado (ESE) “no pueden ejercer funciones de cobro coactivo como los particulares en sus relaciones comerciales, ni adelantar medidas cautelares para el recaudo de este tipo de créditos”. En este contexto, se enfatizó que “lo correcto es que las ESE acudan a la jurisdicción ordinaria para hacer efectivas las obligaciones comerciales”.
La Procuraduría también argumentó que se deben respetar las condiciones de igualdad en el mercado de la contratación de servicios de salud para no afectar a los demás actores dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
La conducta de Vásquez Escudero fue calificada como grave a título de culpa grave. La sanción impuesta se tradujo en salarios, conforme al monto que percibía en el momento de la comisión de la falta, dado que ya no está ejerciendo funciones públicas.
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