Un juez en Cartagena ha emitido una condena en relación con el homicidio de un joven ocurrido el 24 de agosto de 2020 en el barrio San Francisco. La sentencia recae sobre tres miembros de la Policía Metropolitana: los patrulleros Octavio Darío Porras Vides, Iván Darío Olivo de Ávila y Esteban Gómez Ricard.
Durante el juicio oral, la Fiscalía presentó pruebas que apuntan a la responsabilidad de los implicados. Se estableció que los tres patrulleros se presentaron en un lavadero de automóviles en el barrio San Francisco, donde agredieron al adolescente tras no recibir información precisa sobre los horarios del establecimiento.
La víctima, que formaba parte de una escuela de fútbol en Cali y se encontraba temporalmente en Cartagena, intentó huir para escapar de la agresión. No obstante, fue perseguido por los uniformados, y Porras Vides lo alcanzó, disparándole en el abdomen con su arma de dotación. El joven fue trasladado a un centro médico, donde falleció.
Por su parte, Olivo de Ávila y Gómez Ricard afirmaron en sus reportes que la víctima pertenecía a una pandilla y que había atacado a los policías con un arma artesanal, la cual fue recogida y entregada a la cadena de custodia. Sin embargo, las investigaciones y pruebas de balística revelaron que esta versión era falsa; el joven no portaba ninguna arma y el artefacto aportado no era funcional.
Tras evaluar todas las evidencias, un juez penal del circuito de Cartagena-Bolívar condenó a Porras Vides a 44 años y 2 meses de prisión por homicidio agravado. A Olivo de Ávila se le impuso una pena de 13 años y 6 meses por favorecimiento agravado, mientras que a Gómez Ricard se le condenó a 14 años por favorecimiento agravado y falsedad ideológica en documento público.








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