Las autoridades de tránsito en Cartagena reiteran llamado sobre horario de circulación de vehículos de carga

El decreto 0876 de 2023 establece que entre las 7:00 a.m. y las 3:00 p.m. en zonas designadas, se debe cumplir el horario de circulación de vehículos de carga y actividades de cargue y descargue de mercancía fuera de vía para evitar traumatismos en la movilidad. Las vías en el Centro Histórico son de un solo carril, por lo que es necesario seguir estas medidas.

El director de tránsito, José Ricaurte Gómez, señala que está prohibida la circulación de vehículos de carga, salvo aquellos con capacidad menor o igual a 3.5 toneladas. Para los vehículos con mayor capacidad, se requiere un permiso especial otorgado por el DATT.

En cuanto al cargue y descargue en vía, se emiten permisos especiales para actividades en los barrios Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní. Se deben cumplir requisitos como no obstruir el tránsito vehicular o peatonal, evitar maniobras peligrosas y utilizar carros de carga adecuados.

Se han habilitado zonas fuera de vía para cargue y descargue en diferentes sectores de la ciudad, y se han establecido corredores de circulación para vehículos de carga en el Centro Histórico.

El incumplimiento de estas disposiciones acarreará sanciones según lo establecido en la ley 769 de 2002.

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