El Tribunal Administrativo de Bolívar ha resuelto a favor del edil de la Localidad Dos, de la Virgen y Turística, Juan Carlos Molina Ramos, en su impugnación contra la sentencia del Juzgado Décimo Quinto Administrativo del Circuito de Cartagena, que declaró improcedente la acción de cumplimiento presentada por el edil. El tribunal determinó que el Distrito de Cartagena ha incumplido el mandato de la Ley 1617 de 2013 en relación con la descentralización administrativa.

Como resultado, se ordena al alcalde mayor del Distrito de Cartagena presentar ante el Concejo Distrital un proyecto de acuerdo para crear e implementar los Fondos de Desarrollo Local en cada una de las localidades, dotados de personería jurídica, patrimonio autónomo y presupuesto propio, entre otros requisitos. Se establece un plazo de 30 días para presentar el proyecto y se fija el 1 de enero de 2027 como fecha límite para su implementación.

Además, se exhorta al Concejo Distrital a realizar el estudio y la decisión correspondiente una vez presentado el proyecto, y se ordena al alcalde mayor informar mensualmente al juez encargado sobre las acciones adelantadas hasta la puesta en marcha de los fondos. Se prohíbe la presentación de nuevas acciones con el mismo propósito y se devuelve el expediente al juzgado de origen sin condena en costas.


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