El Tribunal Superior de Cartagena, en su Sala Laboral Dos, ha ordenado a la Procuradoría Regional de Bolívar que responda al Derecho de Petición presentado por la Veeduría a la Rama Judicial de Cartagena – VEJUCA. Este fallo se debe a una acción de tutela promovida por los voceros de la veeduría, Erick José Urueta Benavides y Hamed Palacios Larios, contra la Procuraduría General de la Nación y la Veeduría de la Procuraduría General de la Región. El origen de la controversia se remonta a junio de 2026, cuando VEJUCA presentó una queja contra el Procurador Regional de Bolívar, Raúl Fernando Guerrero Durango, por restringir la participación de la veeduría en el caso del Hospital de Bocagrande. Ante el silencio prolongado de la Procuraduría, la veeduría decidió acudir a la acción de tutela para hacer valer su Derecho Fundamental de Petición. Tras la negativa en primera instancia, el Tribunal Superior de Cartagena revocó la sentencia y ordenó a la Veeduría de la Procuraduría General de la Nación que informe a los accionantes sobre el estado actual del trámite de la queja y las diligencias adelantadas. Este fallo representa un precedente valioso para el control ciudadano, reafirmando cuatro tesis fundamentales en relación con el derecho de petición y la respuesta de las autoridades a las solicitaciones de los ciudadanos.


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